NIVELACIÓN ACADÉMICA. Para nivelarse académicamente, el estudiante, posee las opciones siguientes:
10.1 Cursos Extracurriculares. Los cursos extracurriculares son de utilidad cuando las clases de un plan de estudio antiguo ya no se ofrece; razón por la cual el estudiante que esté en esta condición debe solicitarlo en línea o al Director de Operaciones Académicas de la Región.
10.2 Equivalencias. Este proceso es cuando los estudiantes provengan de otras universidades. Para tal efecto, se debe de seguir con el procedimiento establecido en el apartado: ACEPTACION DE ESTUDIANTES DE OTRAS UNIVERSIDADES.
10.3 Exámenes de suficiencia. Cuando un estudiante considere que posee dominio sobre una asignatura y siempre que no la haya cursado dentro de la Universidad, podrá someterse a exámenes de suficiencia. El procedimiento para este efecto se consigna en el Reglamento de Promoción y Evaluación estudiantil, cuyo artículo reza: “ARTICULO 45. EXAMENES POR SUFICIENCIA. Los exámenes por suficiencia son aquellos que puede sustentar el estudiante, siempre que no se haya asignado o cursado la asignatura o módulo alguno dentro de esta Universidad y que demuestre dominio de la misma o el mismo. Serán escritos, orales o virtuales. Podrán ser autorizados en casos excepcionales, debidamente calificados por el Consejo Directivo. Los exámenes por suficiencia están sujetos a los lineamientos y requisitos siguientes:
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